El Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, a través de sus Servicios Sociales, tiene como objetivo analizar la realidad social para detectar situaciones de necesidad de la población, así como elaborar la estrategia más adecuada a fin de favorecer el bienestar social y mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos, especialmente los más vulnerables, atendiendo las necesidades derivadas de la falta de recursos. Por este motivo, el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros aprobó inicialmente el pasado 6 de junio de 2022 un reglamento para regular sus ayudas económicas destinadas a situaciones perentorias de necesidad social de carácter individual o familiar.
Estas ayudas económicas son prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales de carácter esencial que tienen por finalidad resolver situaciones de urgencia que afecten a personas o unidades de convivencia a las que sobrevengan situaciones de necesidad o falta continuada de recursos. Además, el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros otorga prioridad y agilidad en la tramitación, resolución y pago, adoptándose las medidas necesarias para la reducción de trámites y cargas administrativas.
Estas ayudas, gestionadas por los Servicios Sociales, podrán tener las modalidades de ayudas de pago único, de pago periódico (vivienda: alquiler o hipoteca), para consumo energético (gas y electricidad) y para el pago de centros residenciales.
Ayudas para el pago temporal de centros residenciales
El Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros ha integrado las ayudas para el pago temporal de centro residenciales en el Reglamento Municipal de las prestaciones económicas para situaciones de emergencia. Con una dotación presupuestaria de 50.000 euros, los beneficiarios deberán estar empadronados en Ejea de los Caballeros, ser mayores de 65 años o 60 años (según supuestos contemplados), no superar su capacidad económica -una vez descontada la cantidad mínima para gastos personales- el coste del precio plaza del servicio, no percibir prestación económica para la misma finalidad, y ocupar plaza o tener reserva en la Residencia Municipal de Mayores Elvira Otal o en la Residencia Villa de Ejea.